JOSÈ MARÍA MILLÁN SIMÓ
Regla. – 61. CENSOR
Sus funciones son las siguientes:
Inspeccionar los libros de la Hermandad, dando cuenta a la Junta de Gobierno de cuantas faltas o negligencias observase.
Fiscalizar las Cuentas que hayan de ser presentadas al Cabildo General de Lectura de Cuentas, así como el Presupuesto, visándolo en caso de conformidad o emitiendo un informe detallando las irregularidades que haya advertido.
Firmar los libros de cuentas y el presupuesto anual de la Hermandad.
Colaborar estrechamente con la Mayordomía.